Vamos a realizar el análisis para el caso más favorable para el plazo fijo en pesos a tasa fija. Es decir, usaremos la tasa de plazo fijo mínima que fija el BCRA para personas humanas por montos inferiores a $1.000.000 (tener en cuenta que para personas jurídicas no existe una tasa mínima y, por ende, las mismas son inferiores a las ofrecidas a los individuos).
La tasa mínima que fija el BCRA cada viernes es el 79% de la tasa de promedio de LELIQ (del tramo más corto) de la semana previa. Debido a que dicho promedio hoy toma un valor de 38% (TNA), la tasa mínima de PF$ es de 30,02% (TNA).
Por otro lado, el PF UVA ajusta el capital en función de la inflación y paga en torno al 1% de tasa.
Ahora bien, si tomamos en cuenta que la mediana de la inflación esperada para los próximos meses según el último REM publicado es 49%, es fácil darse cuenta de que un plazo fijo UVA entrega una rentabilidad muy superior al PF en pesos.
Si agregamos el concepto de riesgo inflacionario y el aspecto impositivo (el UVA solo tributa por el 1% de interés), la balanza se inclina aún más a favor del PF UVA. Otras cuestiones a tener en cuenta son el plazo, las perspectivas de tasas para el futuro y el riesgo de reinversión. Todo esto quedará para el análisis de los próximos días.
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